martes, 14 de junio de 2011

CONSULTA - CANCELACIÓN DE EMBARGO POR CADUCIDAD - LEY 26639

CASO 2.-
Es el caso de una persona que su deseo es, comprar un inmueble, pero luego de revisar la ficha registral observa que en la sección de cargas y gravámenes existe dos embargos inscritos, tal como la muestro en la figura Nª1, su consulta es, cuál es la forma de levantar dichas cargas y su procedimiento.
RESPUESTA:-
Luego de leer la ficha, la fojas donde están inscritos los embargos y leer el título archivado, se concluye que las deudas no han sido canceladas ó por lo revisado, no consta la cancelación, pero que son cargas, que en el tiempo han caducado y cumplen las formalidades de la Ley Nª26639, a continuación las imágenes y una pequeña presentación en VIDEO del caso:
Puedes hacer clic sobre la imagen de
 Gravámenes y Cargas para verlo mejor

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